jueves, 15 de mayo de 2014

PRINCIPIO DE JUSTICIA

¿Es rentable ser honesto?

Ser justo significa reconocer al otro en cuanto otro, es decir, estar dispuesto a respetar cuando no se puede amar. La justicia enseña que hay un “otro” que no se confunde conmigo, pero que tiene derecho a lo suyo. El individuo justo es tal en la medida misma en que confirma al otro en su alteridad y procura darle lo que le corresponde, lo que le es debido y no lo que se quiere dar. (cfr. Josef  Pieper – Las Virtudes Fundamentales).

 “La corrupción de la justicia tiene dos causas: la falsa prudencia del sabio y la violencia del poderoso”.  (S. Tomás de Aquino). De entre los muchos nombres que se le da a la infelicidad del hombre, la miseria más grande que puede sufrir una persona es la injusticia. Sin embargo, en nombre de la justicia, la dignidad humana es violentada. Pero, ¿qué es dar a cada uno lo suyo, según se cacarea hasta el cansancio?.

Justicia no es “decir” pero no “hacer”, o hacer lo contrario de cuanto se dice. No es asegurar ni “ladrar” que hay Constituciones, que la actuación tal es “conforme a derecho”, que somos todos libres e iguales ante la ley, palabras que se vuelven cadáveres putrefactos en boca de muchos profesionales del derecho; mientras las cárceles, en porcentaje mayor están pobladas por los más pobres y no por los más ricos, y éstos últimos,  además, salen de ellas mucho antes habiendo cometidos delitos mayores.

Augusto Hortal nos recuerda en Ética General de las Profesiones p. 152: “Es justo dar a  cada ser humano lo que le corresponde en razón de diferentes títulos que cabe alegar para decir por que algo se le debe en justicia":

En primer lugar, por ser hombre, necesitado del reconocimiento y la ayuda de otros hombres para llegar a ser plenamente humano. “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. “Nadie es más que nadie”. Por ahí empieza la justicia. Esto exige respetar los derechos inherentes a la dignidad personal (autonomía), cuidar de la vida frágil por ser la vida frágil de un ser humano, del que hay que alejar los daños y males (no maleficencia) y al que hay que facilitar su desarrollo y promoción (beneficencia) 

En segundo lugar, por contrato que acompaña las relaciones del profesional con su cliente en determinados supuestos y circunstancias; también del profesional con el centro, institución u organismo en el que trabaja; mediante ese contrato implícito o explicito, el profesional contrae y acepta obligaciones que debe cumplir; el cliente o usuario tiene o adquiere derechos que hay que respetar;

 En tercer lugar, por mérito contraído en razón de lo que ha hecho, del esfuerzo o trabajo realizado, etc. En cuarto lugar por participación proporcional en las cargas y beneficios que a todos atañen. Y por fin, también por ley, establecida por la autoridad competente, favorecer las condiciones de vida de todos, tratando los mismos casos de la misma manera (…) y tratando de compensar las desigualdades.

Muchas profesiones nacieron como servicio público, financiado con recursos públicos y que se pone al servicio de cualquier usuario que lo necesite (universalización del servicio). Normalmente esta forma de ejercicio profesional trae consigo la condición de funcionario.  

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