¿Es rentable ser honesto?
En el capítulo 9 de Ética General de las
Profesiones, Augusto Hortal escribe: Dada la peculiar relación que cabe
establecer entre el principio de no maleficencia con los otros tres, tal vez la
mejor manera de introducirlo sería imitando esa figura retórica de los escritos
sapienciales de la Biblia y decir que los principios de la ética profesional,
son tres y un cuarto (ya citados) que no vamos a silenciar: el principio de
beneficencia, el principio de autonomía, el principio de justicia y el
principio de no maleficencia. Su enunciado más universal establece: Primum non
nocere: ante todo no hacer daño.
Pero ¿qué se entiende por daño o
perjuicio?.Si curar a un enfermo es beneficiarle, hacer que empeore es hacerle
daño, perjudicarle. Proporcionar placer parece que es beneficiar, causar dolor
parece que es perjudicar.
Sin embargo, la curación de una
enfermedad puede requerir la aplicación de remedios que, para empezar, son
dolorosos o no causan precisamente placer. Por tanto, ha de considerarse lo que
sigue: “en igualdad de circunstancias es
mejor producir placer que causar dolor”; puede también reclamarse como
“aceptable un dolor pasajero en orden a una mejora duradera”; “un daño parcial
en orden a una mejora de la vida en su conjunto”.
No
es lo mismo hacer el bien que no hacer el mal (o no hacer daño), especialmente
cuando se trata de acciones que afectan a otros. Para lo primero, siempre que
se pueda, hay que contar con lo que nosotros estimamos como bueno, también sea
considerado así por aquel a quien se lo hacemos. Para dejar de hacer algo que
yo estimo que está mal (o que hace daño a otros) no necesito contar más que con
mi propia apreciación. Tres son las razones que cabe aducir a favor del
principio de no maleficencia, como independiente de los otros tres principios.
En primer lugar, el profesional
sólo tiene obligación de hacer el bien
a quien acude a él; pero tiene además, la obligación de no dañar a nadie. Un abogado, para sacar
adelante la absolución de su defendido, incluso si este es inocente, no le
es lícito acusar con falsedad a una tercera persona para que sea
condenada injustamente.
En segundo lugar, es frecuente
que se presenten situaciones complejas y conflictivas en las que no sea fácil
decir o determinar qué es bueno hacer, o incluso qué es mejor; pero en esas mismas situaciones puede ocurrir
que esté claro que hay cosas que hacen daño, que hacen mal. Por tanto antes de
plantearse los temas del bien que podemos hacer, conviene empezar tomando en
consideración el principio de no maleficencia: “Ante todo no hacer daño” “Primum non nocere”
En tercer lugar, en los debates y
planteamientos de la bioética norteamericana uno tiene la impresión de que el
principio de no maleficencia es la forma que llega a adoptar el principio de
beneficencia cuando pretende prevalecer
sobre el principio de autonomía (y aun del de justicia) o tal vez para
poder reivindicar la autonomía del profesional que se niega a actuar contra su
criterio (objeción de conciencia).
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