• A veces la relación interpersonal se da en un clima de amistad y de confianza tan especiales que la persona revela una intimidad que no debiera contar. (Secretos de confesión o ciertas intimidades conyugales que debieran permanecer absolutamente ocultos)
¿Qué hacer en esta situación? En semejante caso, no se debe apelar a la libertad tolerante que todo permite o autoriza a revelar una intimidad, porque se trata de informaciones que no se pueden ni se deben disponer. Por tanto, si el interlocutor prevé que la revelación que se le está por hacer puede salirse de control, está obligado en conciencia a cortar la conversación. Pero si a pesar de todo, la información se “disparó, está obligado al secreto.
Como vivimos en un mundo en que perdemos cada vez más espacios de la vida íntima, por la dictadura de la intimidad personal, a la que rendimos culto, está amenazada de varias maneras:
* Por la publicidad de las redes sociales, a la que somos estúpidamente sometidos.
* Por
la exposición a la que el terrícola moderno está sometido, con frecuencia por: tests,
pruebas de aptitud, informaciones, etc;
* Por la fuerza de los medios de comunicación social que, sobre todo a las personas “públicas”, roban la vida privada.
* Por
el espionaje a que es sometido el terrícola de hoy: “¿Hay derecho a espiar con la
ayuda de una cámara oculta lo que dice o hace el prójimo y tirarlos luego como
pasto a la masa?
Hay cosas que no deben sorprender al prójimo mediante una cámara. Existe una intimidad de pena y de dolor que simplemente se puede compadecer, pero que no se tiene derecho a captarla con una máquina.
¿Las cámaras de televisión pueden estar siempre y en todas partes, espiando gestos, alegría o dolor sin consentimiento? Ahora, tal descarado atropello a la intimidad, con razón es calificado, como la “era de la indiscreción”. Sin declararnos contrarios a la tecnología y a sus avances, conviene defender el valor de la intimidad frente a toda intromisión e indiscreción. La intimidad es valor que debe ser defendido.
¿Cuándo se vulnera el derecho a la intimidad? Violar la intimidad implica acceder sin permiso en el ámbito ajeno de lo personal, una zona íntima que una persona se reserva para sí o para un grupo concreto de personas.
Por otro lado, el descubrimiento de un secreto lleva acceder a información ilegal, sea divulgada o no con posterioridad.
La Ley N° 1682/2001, establece la protección en general, a todo tipo de información que pueda afectar la privacidad e intimidad de las pernas.
¿Qué es un delito contra la intimidad?
El Artículo 199 dice: Comete el delito de violación a la intimidad sexual, quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, vídeos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Anike ñá Ñe’ërei ha jajapo i vaiva lo mita. ¡Ta upéichaité!
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