sábado, 22 de septiembre de 2012

LA FUNCIÓN LEGISLADORA y EJECUTIVA

¿Es como debiera ser?

La prensa nos bombardea constantemente con noticias como que, la función legislativa desarrollada por una mayoría de nuestros “representantes”, nacionales, departamentales, municipales, gremiales, etc, padece de muchas deficiencias en sus quehaceres.

El legislador no debe permanecer ausente cuando las conductas “deontológicas” no garanticen suficientemente la corrección profesional y el respeto a algunos valores fundamentales, como el derecho a la vida y otros códigos que atentan contra la institución del matrimonio y la familia. (Miguel A. Peláez, Ética, profesión y virtud p.30)

Las diferentes profesiones, así como las empresas - por responsabilidad social - deben estar al servicio del bien común, salvaguardado por leyes justas que definan con claridad lo que es lícito y lo que es ilícito. Experimentamos con harta frecuencia que la ley sola no basta para evitar abusos e irregularidades. Falta capacidad para hacerlas cumplir. Hoy cualquiera viola normas, sin ser mínimamente importunados. Eventualmente, si cae el “bagatelario”, el peso de la ley le es aplicado con todo rigor.

El Derecho no disciplina la dimensión moral del comportamiento humano (porque de suyo, ignora lo moral). Se cometen muchas irregularidades profesionales que, aunque no sean perseguibles por ley, y por tanto, no punibles, merecen, sin embargo, un juicio éticamente basado en su ilicitud (p. 28). (Ej. No está legislado como delito copular con una vaca en la calle, luego tal hecho no está tipificado como acción delictual).

Este caso concreto me lleva a pensar que no basta la tan  cacareada “deontología”, que se mueve en arenas movedizas, reducida al mero cumplimiento y constatación de reglas de comportamiento y de praxis comunes de la actividad humana, pero separada de los principios filosóficos y morales. El contenido deontológico es muy pobre. Ética es hacer lo que se debe, aunque no esté legislado. El Derecho Natural es anterior y está muy por encima del Derecho Positivo, plagada de graves errores.

<Un ejemplo clamorosamente paradójico lo han dado los empleados de una funeraria de una cierta región italiana cuando, denunciando una presunta relegación social, han pedido ser resarcidos mediante una “indemnización por humillación”. Evidentemente, olvidaron que la dignidad del propio trabajo no se recupera con el aumento del estipendio, sino con la práctica de una virtud moral: la humildad>p.31. Aquí se reconoce el primado de la economía como fin, sobre la Ética.

Así las cosas, el profesional tortuosamente mediocre y atenazado por su interés de lucro, se mimetizará detrás del biombo de la deontología utilitarista, de transacción, de eficacia comercial, llenos de trucos legales sofisticadísimos, causante a menudo de enormes daños a la convivencia social. (p.28)

Deseo ardientemente que nuestras autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales, más que cultuar la deontología, se adornen de Ética Profesional fundada en virtudes, fortalezas y vigor moral, en el ejercicio de sus respectivas funciones. ¡Se puede…si se quiere..! Porque la ciudadanía está harta de autoridades con conciencia averiada.

Que los candidatos a cargos electivos en esta inmisericorde batalla de promesas electorales, de amores y desamores, traiciones y reconciliaciones, de este o aquel partido político, que claman por nuestros votos, para vivir en la “sucursal del cielo”, ndajé, cuando logren sus objetivos, recuerden cumplir sus promesas.

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